Glosario Minería / Término

Retención en la Fuente

Descuento de una suma de dinero, que al momento de efectuar el pago o abono en cuenta gravada, debe realizar el agente retenedor a título de impuesto, mensualmente. Los "agentes de retención en la fuente" son: 1. Personas jurídicas o entidades autorizadas. 2. Personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que tengan un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a $673.300.000 en el año inmediatamente anterior. 3. Las entidades de derecho público. 4. Oficinas de tránsito (al tratarse de venta de automotores). 5. Sociedades de hecho. 6. En los ingresos provenientes del exterior en moneda extranjera, el beneficiario del pago actúa como autorretenedor, sin embargo, puede autorizar a las entidades financieras o casas de cambio para que efectúen la retención. 7. Los consorcios y las uniones temporales.

Enlace permanente: Retención en la Fuente - Fecha de creación: 2013-12-28


< Retacado Glosario Minería Retorta >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.