Glosario Observatorios Ocupacionales / Término
Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) es aquella cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa usuaria, con carácter temporal, trabajadores por ella contratados. La contratación de trabajadores para cederlos temporalmente sólo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal debidamente autorizadas en los términos previstos en la Ley 14/1994 de 1 junio
Fuente: : Art. 1 de Ley 14/1994 de 1 junio, (B.O.E. de 2 junio de 1994) reguladora de las empresas de trabajo temporal. Ley modificada por la Ley 29/1999 de 16 de julio (B.O.E. nº 170, de 17 de julio de 1999).
Enlace permanente: Empresa de Trabajo Temporal - Fecha de creación: 2013-03-09