La Comisión tiene la obligación de consultar a los distintos interlocutores sociales antes de presentar propuestas en el ámbito social (artículo 138 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea). Este diálogo social se efectúa a través de las tres principales organizaciones interprofesionales representativas de los interlocutores sociales a nivel europeo:
- la Confederación Europea de Sindicatos (CES);
- la Unión de Industrias de la Comunidad Europea (BUSINESSEUROPE);
- el Centro Europeo de la Empresa Pública (CEEP). Además de estas tres organizaciones interprofesionales europeas, existen numerosos grupos socio-profesionales que representan intereses específicos o sectoriales. La Comisión promueve la consulta de los interlocutores sociales y adopta las medidas necesarias para facilitar su diálogo prestando un apoyo equilibrado a las partes. Antes de presentar propuestas en el ámbito de la política social, la Comisión consulta a los interlocutores sociales sobre la posible orientación de una acción de la Unión. Los interlocutores sociales desempeñan también un papel importante en el Comité Económico y Social Europeo donde están presentes junto con otros representantes de la sociedad civil.
Fuente: http://europa.eu/scadplus/glossary/index_es.htm