Persona encargada de llevar acabo la prevención de riesgos laborales en la empresa. Sus funciones son:
- Evaluar, según competencia técnica y especialización, los riesgos laborales identificando y valorando los posibles riesgos existentes en el centro o puesto de trabajo.
- Diseñar, aplicar y coordinar planes y programas de actuación preventiva a partir de la evaluación de riesgos.
- Determinar prioridades en la adopción de medidas preventivas (correctivas) atendiendo a la magnitud y probabilidad del riesgo, y efectuar la vigilancia de su eficacia.
- Proponer contenidos y frecuencia de la información, formación que deba darse a las personas con relación a los riesgos existentes en sus puestos de trabajo.
- Disponer de procedimiento de actuación en caso de emergencia atendiendo a la elaboración de planes de emergencia y la prestación de primeros auxilios.
- Colaborar en la ejecución de actividades preventivas o en el seguimiento de posibles prestaciones concertadas con entidades externas (Mutuas o Servicios de Prevención ajenos).
- Conocer, actualizar, difundir y aplicar la normativa sobre prevención de riesgos laborales que afecte al tipo de actividad desarrollada o a los riesgos existentes en la empresa.
Fuente: Real Decreto 39/1997, de 17 enero 1997. Aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (BOE de 31 de enero de 1997)
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