Glosario Observatorios Ocupacionales / Término

Personal Técnico en Prevención de Riesgos Laborales

Persona encargada de llevar acabo la prevención de riesgos laborales en la empresa. Sus funciones son:

  • Evaluar, según competencia técnica y especialización, los riesgos laborales identificando y valorando los posibles riesgos existentes en el centro o puesto de trabajo.
  • Diseñar, aplicar y coordinar planes y programas de actuación preventiva a partir de la evaluación de riesgos.
  • Determinar prioridades en la adopción de medidas preventivas (correctivas) atendiendo a la magnitud y probabilidad del riesgo, y efectuar la vigilancia de su eficacia.
  • Proponer contenidos y frecuencia de la información, formación que deba darse a las personas con relación a los riesgos existentes en sus puestos de trabajo.
  • Disponer de procedimiento de actuación en caso de emergencia atendiendo a la elaboración de planes de emergencia y la prestación de primeros auxilios.
  • Colaborar en la ejecución de actividades preventivas o en el seguimiento de posibles prestaciones concertadas con entidades externas (Mutuas o Servicios de Prevención ajenos).
  • Conocer, actualizar, difundir y aplicar la normativa sobre prevención de riesgos laborales que afecte al tipo de actividad desarrollada o a los riesgos existentes en la empresa.

Fuente: Real Decreto 39/1997, de 17 enero 1997. Aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (BOE de 31 de enero de 1997)

http://www.juntadeandalucia.es/empleo/orienta/menuInicioguia/glosario.asp?letra=p

Enlace permanente: Personal Técnico en Prevención de Riesgos Laborales - Fecha de creación: 2013-03-09


< Persona Jurídica Glosario Observatorios Ocupacionales Perspectiva de Género >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.