Glosario Redes Eléctricas / Término
[Término eléctrico] Los productores, los autoproductores, los agentes externos, los distribuidores, los comercializadores, los consumidores o los representantes de cualesquiera de ellos, como sujetos del mercado de producción podrán formalizar contratos bilaterales con entrega física de suministro de energía eléctrica.
Enlace permanente: Contratos bilaterales - Fecha de creación: 2016-02-12