Glosario Términos Bursátiles / Término
Es la que está dotada de un mayor número de votos que otras acciones de igual valor nominal. En la ley de Sociedades Anónimas Española (art. 38) se dice expresamente: "en ningún caso será lícita la creación de acciones de voto plural".
Enlace permanente: Acción de voto plural - Fecha de creación: 2017-05-29