Glosario Términos Bursátiles / Término
Conjunto de acciones propias de una sociedad, emitidas por ella misma, que constan en su balance como autocartera.
Se denomina así a la cartera formada por acciones de una sociedad en manos de la propia sociedad o de una sociedad filial a la misma. La autocartera en España no puede ser superior al 5 % de las acciones. En la mayoría de las ocasiones se produce por la necesidad de mantener la cotización en bolsa.
Enlace permanente: Autocartera - Fecha de creación: 2017-05-29