Glosario Términos económicos y financieros del BCRA / Término
Débito directo
Autorización conferida por un cliente bancario a una Entidad Financiera para que ésta le deduzca de una cuenta del primero un impuesto o servicio público o domiciliario en forma habitual. Fuente: BCRA
Enlace permanente: Débito directo - Fecha de creación: 2012-02-05
Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.