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Comunidad de villa y tierra

En el siglo XII, en Castilla y León, en las regiones comprendidas entre el Duero y el Tajo y en Aragón las plazas avanzadas de Calatayud, Daroca y Teruel, el Concejo de la ciudad o villa abarcaba bajo su autoridad una amplia demarcación territorial (Alfoz= Tierra) y formaba una Comunidad de la población que era su centro y del término, zona esta última en las que había otras localidades. Estas Comunidades constituían lo que se denominó en Castilla “Comunidades de Villa y Tierra”, que estaba constituida bajo un régimen común, de la ciudad o villa y de los poblados situados en su término o Tierra.

Enlace permanente: Comunidad de villa y tierra - Fecha de creación: 2016-05-07


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