Glosario Términos económicos históricos / Término
Forma de propiedad vinculada durante las edades media y moderna en beneficio de los grandes linajes nobiliarios españoles. Consistía en que una cantidad determinada de bienes se apartaba del orden natural de sucesión y dichos bienes quedaban vinculados a un orden sucesorio especial, que recaían normalmente en la primogenitura, con lo cual se evitaba la descomposición del patrimonio que servía de sostén a la familia propietaria del mayorazgo. Quedaban sujetos a un tipo de herencia especial y no se podían vender ni enajenar (ver mano muerta).
En los siglos XVI y XVII los mayorazgos experimentaron un proceso de concentración debido al régimen de primogenitura y a la política matrimonial endogámica de la nobleza. Ello provocó la crítica de los ilustrados, que veían en la propiedad vinculada la causa del atraso económico de España. Hasta el siglo XIX no se adoptaron medidas liberalizadoras de la propiedad.
Enlace permanente: Mayorazgo - Fecha de creación: 2016-05-07