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Señorío

En la Edad Media y Moderna, tierra habitada por gentes sometidas al señor. Es la unidad territorial de carácter económico y político característica del feudalismo (ver monasterio).

Se dividía en tres partes:

  • El dominio o reserva señorial de la que el señor recogía directamente los frutos. Los campesinos, jornaleros o siervos tenían la obligación de realizar prestaciones laborales al señor.
  • Tenures (tenencias) o mansos, explotaciones campesinas pequeñas o medianas que se agrupaban alrededor de la corte del señor. Solía ocuparla una familia, casa, huerto y tierra para arar con dos bueyes.
  • Tierras de aprovechamiento común: pastos, bosques, etc.

Según el titular del señorío se distinguen entre los “infantazgos”, propios de infantes o hijos de reyes; “abadengos”, señoríos de instituciones eclesiásticas; “maestrazgos”, señoríos de órdenes militares y “solariegos”, señoríos de la nobleza laica. También se habla en ocasiones del territorio de señorío regio o “realengo”. Por otra parte, en tierras de Castilla se hallaban los lugares de behetría, que progresivamente se fueron aproximando a los señoríos solariegos. Asimismo había señoríos “corporativos”, cuyos titulares eran los concejos. En los últimos siglos de la edad media tuvo lugar en la Corona de Castilla un formidable proceso de reforzamiento del régimen señorial.

Enlace permanente: Señorío - Fecha de creación: 2016-05-07


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