Glosario Términos económicos históricos / Término
Intento de la Hacienda borbónica por reducir a una sola contribución el gran número de rentas provinciales existentes.
La sustitución de las rentas provinciales por un impuesto único parecía ser el remedio de los abusos de la recaudación, y se esperaba además, que proporcionaran mayores ingresos a la Hacienda.
En 1749, se declaraba ya explícitamente que quedarían reducidos a una única contribución las alcabalas, cientos, millones, servicio ordinario y sus agregados. La oposición latente y manifiesta de los grupos perjudicados impidió que se llevara a cabo.
Con Esquilache se volvió a insistir. En 1770 el rey firmó los decretos en los que se declaraba extinguidas las rentas provinciales e implantaba, en su lugar, la única contribución, aunque para aplicar el nuevo tributo era necesario realizar repartimientos en las provincias. Las diferencias que resultaban entre las distintas provincias y reinos dieron lugar a un sinnúmero de recursos, y en el año1776 se dio por cancelado el proyecto
El Catastro del Marqués de la Ensenada es el resultado material que ha quedado de un objetivo de gran amplitud para la época en que se realizó: unificar los diferentes impuestos y contribuciones, por eso en la época se hablaba de la Única Contribución.
Coexistían tributos o rentas civiles y eclesiásticas, entre las primeras estaban los cientos, los millones, los servicios -ordinario y extraordinario-, los estancos -de tabaco, sal, naipes y papel sellado-, las alcabalas, portazgos y pontazgos, amén de los derechos de señorío -yantar, martiniegas, pedidos- y entre las segundas los diezmos, primicias y el voto de Santiago, sin que aquí estén incluidos todos pues además había diversas rentas locales.
Enlace permanente: Única contribución - Fecha de creación: 2016-05-07