Glosario Términos jurídicos DRAE / Término
5. V. auto acordado.
estése a lo acordado.
1. Fórmula de resolución que, sin decidir sobre el fondo de la pretensión deducida, recuerda y confirma otro fallo o providencia anterior.
lo acordado.
1. loc. Decreto de los tribunales por el cual se manda observar lo anteriormente resuelto sobre el mismo asunto; y también decreto o fórmula que denota la providencia reservada que se ha tomado con motivo del asunto principal.
Enlace permanente: acordado, da - Fecha de creación: 2015-07-13