Glosario Términos jurídicos DRAE / Término
De aparcero.
1. f. Trato o convenio de los que van a la parte en una granjería.
2. Contrato mixto, que participa del de sociedad aplicado al arrendamiento de fincas rústicas, y que se celebra con gran variedad de pactos y costumbres supletorias entre el propietario y el cultivador de la tierra.
3. Contrato de sociedad, anexo al anterior o independiente de él, para repartir productos o beneficios del ganado entre el propietario de este y el que lo cuida o recría.
Enlace permanente: aparcería - Fecha de creación: 2015-07-13