Glosario Términos jurídicos DRAE / Término
a sobre bienes.
1. Ar. Sociedad familiar que se contrae pactando comunidad de bienes un matrimonio con otro que no tiene hijos y haciendo implícitamente herederos a los nuevos cónyuges, de los cuales, a lo menos uno es pariente.
en casa.
1. Ar. El autorizado por el cónyuge que antes muere al sobreviviente, sea por manifestación directa, sea mediante fideicomisarios, para que, contraído el nuevo matrimonio, la casa y bienes del premuerto queden en poder del que sobrevive, y en ellos tengan iguales derechos los hijos de ambos enlaces.
Enlace permanente: casamiento - Fecha de creación: 2015-07-13