Glosario Términos jurídicos DRAE / Término
frutos civiles.
1. Utilidad que producen las cosas mediante el arrendamiento o contratos equivalentes.
frutos por alimentos.
1. loc. Dícese cuando al tutor o curador se le concede todo el producto de las rentas del pupilo para alimentarlo.
Enlace permanente: fruto - Fecha de creación: 2015-07-13