Glosario Términos jurídicos DRAE / Término

imprudencia

temeraria.

1. Punible e inexcusable negligencia con olvido de las precauciones que la prudencia vulgar aconseja, la cual conduce a ejecutar hechos que, a mediar malicia en el actor, serían delitos.

Enlace permanente: imprudencia - Fecha de creación: 2015-07-13


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