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Recusación

Acción y efecto de rechazar. Aplicado al jurado, significa descualificar a una persona como jurado en un caso particular. Las recusaciones pueden ser motivadas –aquellas que se hacen por un motivo fundado- o perentorias -las que por derecho concede la ley, sin que haya que explicarlas. Aplicado a un juez, implica ponerle tacha legítima para que no actúe en un procedimiento o pleito. Sinónimo en este sentido de solicitud de inhibición o requerimiento a un juez para que no actúe en determinado procedimiento por mediar conflicto de intereses o cualquier otra razón justificada.

Enlace permanente: Recusación - Fecha de creación: 2017-01-12


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