Glosario Términos jurídicos y judiciales / Término
Es un sistema judicial en el que se han eliminado las barreras jurisdiccionales entre tribunales, las cuales implican que un caso se tiene que presentar en un determinado tribunal o sala con autoridad particular para conocer el asunto implicado y para hacerlo dentro de una demarcación territorial determinada; de lo contrario, el caso se considera mal presentado y hay que recomenzar el proceso de presentación de éste en el tribunal correspondiente. En un sistema unificado, las diferencias jurisdiccionales se convierten en diferencias de competencia, es decir, en una especie de división de trabajo, con el resultado de que un caso se puede presentar en prinicipio en cualquier tribunal o sala. Si se presentara en un tribunal o sala no correspondiente en términos de la división de trabajo establecida, tan solo habría que trasladarlo internamente sin necesidad de volverlo a presentar. Además, en un sistema unificado como el que existe en puerto rico, todo juez, sin importar su categoría, tiene autoridad para entender en todo tipo de asunto aunque no le corresponda desde el punto de vista de la división del trabajo judicial, siempre que haya acuerdo entre las partes y anuencia del juez. La existencia de un sistema unificado tiene una importancia enorme en términos de acceso a la justicia y de la aplicación de los términos de prescripción.
un sistema unificado como el de puerto rico lo es también para fines de funcionamiento y de administración. Lo primero implica que la asignación de materias judiciales, así como la asignación territorial de los jueces, son funciones internas que dependen de las necesidades del sistema. Lo segundo, que existe una administración central para la dirección de todo el sistema judicial. La dirección administrativa del sistema corresponde constitucionalmente al juez presidente del tribunal supremo, quien cuenta con el apoyo de la oficina de administración de los tribunales.
Enlace permanente: Sistema unificado - Fecha de creación: 2017-01-12