Glosario Transporte por carretera / Término
Para la prestación del servicio de autotransporte de pasajeros, los permisionarios deberán contar con terminales de origen y destino conforme a los reglamentos respectivos, para el ascenso y descenso de pasajeros, sin perjuicio de obtener, en su caso, la autorización de uso del suelo por parte de las autoridades estatales y municipales.
Las terminales de autotransporte federal de pasajeros podrán ser construidas, operadas y explotadas por: Los permisionarios de autotransporte federal de pasajeros; los particulares, y los gobiernos estatales y municipales.
Las terminales podrán ser individuales o centrales según sean utilizadas por uno o varios permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros que operen en ellos.
Enlace permanente: Terminales de pasajeros - Fecha de creación: 2013-01-03