Glosario Tributos / Término
[Términos tributarios venezolanos] A los efectos de la Ley de Impuesto a los Activos Empresariales, se consideran activos intangibles aquellos bienes de naturaleza inmaterial adquiridos, pagados o adeudados por el contribuyente, tales como las marcas, patentes, fórmulas, procedimientos, denominaciones comerciales, derechos, acreencias, plusvalías y otros de similar naturaleza también incorporales.
Enlace permanente: Activos intangibles - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16