Glosario Tributos / Término
[Términos tributarios venezolanos] A efectos de la Ley de Impuesto a los Activos Empresariales, se consideran comerciales los arrendamientos o cesiones de uso de bienes muebles e inmuebles destinados al ejercicio de actividades comerciales e industriales, cuando el propietario de tales bienes arrendados o cedidos sea una persona natural o jurídica que ejerza habitualmente la actividad comercial o industrial.
Enlace permanente: Arrendamientos comerciales - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16