Glosario Tributos / Término

Fabrica de bebidas alcohólicas productos destilado

[Términos tributarios venezolanos] Definida en el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas como establecimiento destinado a la elaboración de bebidas alcohólicas por dilución, extracción, mezcla o redestilación de productos destilados, con adición o no de saborantes y otras sustancias.

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