Glosario Tributos / Término

Reexportación

Operación aduanera accesoria. Consiste en el retorno al extranjero, de mercancías de importación que por determinadas circunstancias y bajo ciertas condiciones, no pudieron ser nacionalizadas. En Venezuela, toda mercancía de importación podrá ser reexportada siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que no se haya aceptado a consignación; b) Que no se haya designado a otro consignatario; y, c) Que el embarque no haya caído en abandono legal.

Enlace permanente: Reexportación - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16


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