Glosario Tributos / Término

Tequila

[Términos tributarios venezolanos] Definida en el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, como mezcla hidroalcohólica proveniente de la destilación del jugo fermentado del agave maguey tequilana, con no menos de dos años de envejecimiento, cuyo grado alcohólico no sea inferior a 40° G.L.

Enlace permanente: Tequila - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16


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