Glosario Tributos / Término

Vodka

[Términos tributarios venezolanos] Definido en el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, como mezcla hidroalcohólica proveniente de un alcohol rectificado, cuyo grado alcohólico no sea inferior a 40° G.L.

Enlace permanente: Vodka - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16


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