Glosario Unión Europea / Término
La ciudadanía de la Unión se supedita a la nacionalidad de uno de los Estados miembros. Así, se considera que todo el que tiene la nacionalidad de un Estado miembro es ciudadano de la Unión. Además de los derechos y deberes previstos en el Tratado constitutivo de la Comunidad, la ciudadanía de la Unión reconoce cuatro derechos específicos:
· La libertad de circulación y de residencia en todo el territorio de la Unión;
· El derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y del Parlamento Europeo en el Estado de residencia;
· La protección diplomática y consular por parte de las autoridades de todo Estado miembro cuando el Estado cuya nacionalidad tiene la persona necesitada de tal protección no está representado en un Estado tercero;
· El derecho de petición y de recurso al Defensor del Pueblo europeo.
Es importante tener en cuenta que la instauración del concepto de ciudadanía de la Unión no sustituye, sino que se añade a las ciudadanías nacionales. Esta complementariedad es portadora de potencialidades puesto que profundiza en el sentimiento de pertenencia del ciudadano a la Unión y lo vuelve más tangible.
Véase:
· Defensor del Pueblo europeo
· Derecho de petición
Enlace permanente: Ciudadanía de la Unión - Fecha de creación: 2014-01-29