Glosario Unión Europea / Término

Coreper

El Coreper (Comité de Representantes Permanentes) está constituido por los representantes permanentes de los Estados miembros. Se encarga de asistir al Consejo de la Unión tratando los asuntos (propuestas y proyectos de actos presentados por la Comisión) que estén en el orden del día del mismo, en una fase previa a las negociaciones. Ocupa un lugar central en el sistema de toma de decisiones comunitario donde es un órgano al mismo tiempo de diálogo (diálogo entre los Representantes Permanentes y de cada uno de ellos con su capital) y de control político (orientación y supervisión de los trabajos de los grupos de expertos). Se divide de hecho en dos con el fin de hacer frente al conjunto de las tareas que se le confían:

· El Coreper I, compuesto de los representantes permanentes adjuntos;

· El Coreper II, compuesto por los embajadores representantes permanentes.

La calidad de los trabajos del Coreper es la garantía de un buen funcionamiento del Consejo.

Véase:

· Comisión Europea

· Consejo de la Unión

Enlace permanente: Coreper - Fecha de creación: 2014-01-29


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