Glosario Unión Europea / Término
A partir de 1957, el artículo 119 del Tratado de Roma consagró la igualdad de remuneración para un trabajo de valor igual entre el hombre y la mujer. A partir de 1975, una serie de Directivas amplió este principio a una igualdad de trato en el acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesional y condiciones de trabajo, con el fin de eliminar toda discriminación en el mundo del trabajo. La igualdad de trato se desarrolló a continuación en materia de seguridad social, de regímenes legales y en los regímenes profesionales. El reconocimiento de este principio desembocó durante los años ochenta en el fomento de la igualdad de oportunidades a través de programas plurianuales.
El Tratado de Amsterdam intenta completar el alcance limitado del artículo 119 (que solo se refiere a la igualdad de retribuciones) incluyendo el fomento de la igualdad entre el hombre y la mujer en el artículo 2 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que enumera las misiones que la Comunidad se fija.
Véase:
· Igualdad de oportunidades
Enlace permanente: Igualdad de trato entre hombres y mujeres - Fecha de creación: 2014-01-29