Glosario Vocabulario Jurídico-Mercantil / Término

Bienes comunes

Aquellos cuyo uso y disfrute pertenece a todos los hombres, sin que pueda atribuirse particularmente a ninguna persona. V. g., el mar, playas, etc. En Derecho Civil, son también los que integran una comunidad de bienes, atribuidos proindiviso a varias personas.

Enlace permanente: Bienes comunes - Fecha de creación: 2016-01-03


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