Carga de la prueba
Principio procesal en virtud del cual se obliga a una de las partes del proceso a probar determinados hechos y circunstancias cuya falta de acreditación conllevaría a una más que probable desestimación de sus pretensiones. En el ámbito del Derecho penal, el principio de presunción de inocencia consagrado en nuestro Derecho fundamental supone una mayor carga probatoria sobre el Ministerio Fiscal o acusación particular. De igual forma, en el ámbito del derecho administrativo sancionador la mayor carga de la prueba recae en la administración actuante. En este sentido, se prevé en la LEC (art. 217).
Obligación consistente en poner a cargo de un litigante la demostración de la veracidad de sus proposiciones de hecho en un juicio. El requerimiento es facultad de la parte interesada de probar su proposición. / Obligación procesal a quién afirma o señala un hecho o un derecho, a probar su acción, en algunos casos, la ley libera al actor de este principio procesal.