Ejecución provisional de sentencia
Actuación procesal que implica que las resoluciones judiciales, a pesar de estar recurridas, pueden ejecutarse por la parte favorecida en sus pretensiones. La ejecución provisional de sentencias está prevista en el orden civil y contencioso-administrativo si bien para poderse ejecutar, en determinados supuestos, debe cumplimentar la parte ciertas garantías previstas en la legislación correspondiente. En este sentido, la LEC (arts. 524 y ss.) y la LRJCA (art. 84).