Glosario Diccionario Juridico / Término

Embargo

(Derecho Procesal Civil) medida cautelar consistente en la sujeción de uno o más bienes del presunto deudor a un régimen de inmovilización jurídica, que prevenga la disminución de la garantía que dichos bienes representan, con el objeto de que el acreedor pueda ver satisfecho su crédito una vez que éste le sea reconocido por sentencia firma.

Enlace permanente: Embargo - Fecha de creación: 2016-04-10


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