Jurisdicción
(Derecho Procesal) Deriva de la locución latina jurisdictio, es aquella soberanía del Estado aplicada al órgano especial a la función de administrar justicia, para garantizar la aplicación del derecho y para la composición de los litigios dando certeza jurídica a los derechos subjetivos aplicando la ley. / La potestad de que están investidos los Magistrados para administrar justicia a nombre de la Nación.