Glosario Diccionario Juridico / Término

Juzgados de instrucción

Órganos judiciales que se encargan de efectuar diligencias de investigación de las causas por delito cuyo enjuiciamiento corresponde a las audiencias provinciales y a los juzgados de lo penal. También les corresponde el conocimiento y, asimismo, el enjuiciamiento de los juicios de faltas, salvo los que sean de competencia de los juzgados de paz. De igual forma, de los recursos contra las resoluciones de los juzgados de paz del partido judicial y de las cuestiones de competencia entre éstos. Se prevé en LOPJ (art. 87).

Enlace permanente: Juzgados de instrucción - Fecha de creación: 2016-04-10


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