Glosario Educación física / Término
School Sport
Actividad física de carácter lúdico cuya reglamentación, instalación y equipos son adaptados a las características de los educandos. El deporte escolar además de responder a la necesidad y derecho que todo niño tiene de jugar, permite al docente canalizar adecuadamente la competencia y durante su práctica propiciar la adquisición de actitudes y valores que enriquecen la interacción social del educando.
El Deporte Escolar es el que se realiza al interior de cada Establecimiento Educacional y responde a ciertas directrices que lo definen e identifican, con respecto a las otras alternativas que pueden ofrecerse para la práctica deportiva, ya sea, la clase de educación física, asociaciones deportivas, federaciones, los clubes particulares, etc. Lo anterior, no se presenta como una contradicción o un desacuerdo, el deporte escolar puede ser causa o efecto de la calidad de este, es decir, los otros ambientes en donde puede desarrollarse serán favorecidos en cuanto a cantidad y calidad, dependiendo de las alternativas de deporte escolar que se oferte al interior del seno de cada Institución Escolar.
“El deporte escolar remite, en primer lugar y en sentido restringido, al tipo de deporte y actividad física que se desarrolla en el marco local de la escuela. En segundo lugar y en sentido amplio, a todo tipo de actividad física que se desarrolla durante el período escolar al margen de las clases obligatorias de educación física y como complemento de estas: Se incluye dentro de esta categoría toda una serie de actividades que no revisten un carácter de obligatoriedad y que habitualmente significan una educación del tiempo libre”. (Blázquez, 1999, p. 24).
Actividad deportiva organizada, practicada por los escolares en horario no lectivo. Debe tener un carácter preferentemente polideportivo y no exclusivamente de competición, de tal manera que se garantice que todos los escolares conozcan la práctica de diversas modalidades deportivas de acuerdo con su aptitud física y edad, (artículo 10 de la Ley del Deporte).La finalidad del deporte escolar es completar el desarrollo educativo de cada deportista a la vez que satisfacer sus necesidades individuales.
La Ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte de la Región de Murcia establece la obligatoriedad de garantizar, en el ámbito de su competencia, el acceso de todos los ciudadanos a la práctica del deporte en igualdad de condiciones y oportunidades.
En el contexto español, denominación que recibe el deporte y la educación física realizada por los niños afiliados a la ONCE, en los Centros de Recursos Educativos o en los centros escolares de enseñanza integrada. Concebido como instrumento educativo, integrador y rehabili-tador del niño/-a con discapacidad visual, su competencia compartida recae en la Dirección de Cultura y Deporte y la Dirección de Educación de la ONCE, ésta última en calidad de asesora técnica de la FEDC.
Enlace permanente: Deporte escolar - Fecha de actualización: 2020-01-11 - Fecha de creación: 2019-12-06