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Comunidad ganancial

Régimen económico del matrimonio, establecido como supletorio en defecto de pacto en contrario en los territorios sometidos al ámbito del Código Civil. Se caracteriza por la coexistencia constante en el matrimonio de tres patrimonios diferenciados; bienes privativos del marido, bienes privativos de la mujer, y aquellos adquiridos de forma conjunta por ambos, y pertenecientes a la sociedad de gananciales.

Enlace permanente: Comunidad ganancial - Fecha de creación: 2016-12-15


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