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Contrato intervivos

Se trata del contrato celebrado y contemplado desde el disfrute de los derechos y obligaciones de los propios contratantes: la compraventa, la donación, la permuta, el arrendamiento, etc. Se contrapone con los actos mortis causa, que son las disposiciones para después de la muerte: el testamento y, por lo tanto, la apertura de la herencia y consiguiente adquisición de bienes como consecuencia del fallecimiento de quien era titular de los mismos

Enlace permanente: Contrato intervivos - Fecha de creación: 2016-12-15


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