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División horizontal

Acto documentado en título público, mediante el cual se divide un inmueble en varias y distintas fincas regístrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad.


Documento público en el que se describen cada una de las unidades en las que se desea dividir el inmueble descrito en la declaración de obra nueva, con el fin de que formen fincas registrales diferenciadas y así facilitar su tráfico jurídico. Puede corresponder tanto a un edificio en altura como a un conjunto de inmuebles adosados o pareados. Las nuevas fincas reciben un número de finca registral diferente al de la finca matriz inicial. En el caso de parcelas resultantes, con un solo inmueble encada una, es más habitual realizar divisiones o segregaciones de la finca matriz suelo.

Enlace permanente: División horizontal - Fecha de creación: 2016-12-15


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