Glosario Glosario inmobiliario y de vivienda / Término
Propio de los contratos de arriendo. Si al terminar el plazo fijado para el arriendo, el inquilino arrendado permanece disfrutando quince días de la cosa arrendada con el consentimiento del propietario, se entiende que hay prórroga del contrato de arriendo, por el tiempo o plazo de pago de la renta o alquiler
Enlace permanente: Prórroga por tácita reconducción - Fecha de creación: 2016-12-15