Glosario Términos jurídicos y judiciales / Término
Se refiere a la doctrina que dispone que una parte es responsable en daños aun cuando no haya mediado negligencia alguna de su parte. Se aplica sólo en casos extraordinarios, excepcionales o anormales.
por influencia del inglés, en ocasiones se le denomina "responsabilidad objetiva".
Enlace permanente: Responsabilidad absoluta - Fecha de creación: 2017-01-12