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Salto arancelario

Definición general: Cambio de glosa arancelaria que sufre un bien cuando es transformado mediante un proceso productivo en otro tipo de bien.


El cambio de clasificación arancelaria conocido como salto arancelario implica que el insumo o producto ha sufrido una transformación tal que su naturaleza arancelaria cambia, adquiriendo por este hecho su naturalización regional. Por ejemplo, un empresario importa tomates frescos de África, los transforma en salsa de tomate, lo envasa y exporta a Estados Unidos; por el hecho de la transformación operada se considerará originario y podrá tener acceso al arancel preferente.


El Criterio de Cambio en la Clasificación Arancelaria

Consiste en determinar si la clasificación arancelaria del producto final cambia respecto a la clasificación arancelaria de las materias primas o insumos importados de terceros países.

Un cambio de capítulo significa cambiar los primeros dos (2) dígitos (números) del código arancelario donde se clasifica el bien final.

El cambio en clasificación arancelaria puede darse a nivel de capítulo (dos dígitos), partida (cuatro dígitos), subpartida (seis dígitos) , o incluso a nivel de inciso o fracción arancelaria (ocho dígitos).


Método del cambio de partida arancelaria

Bajo el criterio de cambio de partida arancelaria, la transformación se acredita por el cambio de la clasificación arancelaria de los insumos y materiales respecto del producto final. Como ejemplo de una norma basada en este método, pensemos en la salsa ketchup: en virtud del procesamiento al cual se someten los tomates frescos su naturaleza cambia, pasan de ser clasificados como hortalizas a ser parte de un nuevo producto, una salsa.

Este método se basa en el Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y de Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado). Este sistema de clasificación, organizado de manera jerárquica y por sectores productivos, sirve para identificar las mercancías en las distintas etapas de transformación. Por esta razón, y porque prácticamente la totalidad de los sistemas comerciales lo utilizan, el Sistema Armonizado dota de gran objetividad al criterio del salto arancelario.

Si bien la norma puede ser clara y objetiva, se requiere de un mínimo conocimiento y familiarización con el sistema de clasificación. Además, existen una serie de desventajas tales como la puesta al día o la divergencia en los criterios de clasificación. El método puede ser restrictivo respecto de operaciones de ensamblaje que son económicamente valiosas.

El origen se concede si, después de la transformación de una o varias materias importadas (no originarias), el producto elaborado a exportar se clasifica en una partida arancelaria (a nivel de cuatro dígitos) diferente de la que le corresponde a cada una de las materias no originarias que han sido utilizadas en la fabricación.

Es muy frecuente la aplicación de este método para los productos agrícolas transformados como puede ser el azúcar, cacao, preparaciones alimenticias diversas, bebidas, etc. Aunque suele ir acompañado de listas de excepciones, en las que no es determinante el cambio de partida de ciertas materias y otras veces se exigen condiciones suplementarias.

La principal ventaja de su aplicación es que permita la determinación del origen de forma precisa, se trata de un criterio objetivo y por tanto fácil de aplicar, pudiendo el fabricante suministrar los datos necesarios sin gran dificultad.

Como inconvenientes de su utilización se pueden indicar fundamentalmente que:

  • Puede resultar de difícil aplicación para procesos productivos complejos, piénsese por ejemplo la complejidad que pude revestir la fabricación de un refrigerador con la cantidad de diferentes piezas, componentes, etc. de países distintos que pueden ser utilizados.
  • Exige que tanto el país importador como el exportador tengan la misma nomenclatura arancelaria (Sistema Armonizado de Clasificación Arancelaria)

Ejemplo:

Si para la elaboración de un zumo de hortalizas (p.e 20.09.80) se exige como norma de origen el cambio de partida, es evidente que si se parte de los ingredientes siguientes:

  • Tomates 07.02 de Marruecos
  • Cebollas 07.03 de Israel
  • Zanahorias 07.06 de Bulgaria
  • Apio 07.09 de Albania
  • Pimienta 07.04 de India
  • Sal 25.01 de Méjico

El producto obtenido - zumo de hortalizas - tendrá la consideración de originario del país en que se efectúe la transformación para obtener el zumo, independientemente del origen de los ingredientes utilizados.

Ahora bien, tal hecho no se producirá si se emplea en su elaboración zumo de tomate de la partida 20.09.50 y zumo de cebolla de la partida 20.09.80 por tener la misma clasificación arancelaria 20.09 (a nivel de cuatro dígitos) que el producto obtenido.

Dado el extenso uso del Sistema Armonizado en el mundo, el método de cambio de partida ofrece la posibilidad de una determinación uniforme del origen y una limitación de la discreción administrativa. Sin embargo, el Sistema Armonizado no ha sido concebido con el objeto de conferir el origen; su finalidad principal es la clasificación de las mercancías y la obtención de las estadísticas. Un simple cambio de partida arancelaria puede no ser, por tanto, una medida adecuada para el cumplimiento del requisito de transformación sustancial; inversamente, transformaciones sustanciales pueden no conllevar un cambio de partida arancelaria. Por ello, otros criterios se han desarrollado.

Enlace permanente: Salto arancelario - Fecha de actualización: 2019-03-14 - Fecha de creación: 2015-11-08


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