Glosario Tratados de Libre Comercio / Término
Definición general: Salvaguardias aplicadas sólo a los productos importados desde el socio comercial que se benefician del cronograma de desgravación. En general estas medidas deben ser de carácter arancelario y tienen como techo la restauración del arancel NMF. No todos los Acuerdos Comerciales contemplan este tipo de medidas.
Enlace permanente: Salvaguardias bilaterales - Fecha de creación: 2015-11-08