Glosario Tributos / Término

Aguardiente

[Términos tributarios venezolanos] Definido en el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, como mezcla hidroalcohólica pura, producto de la caña y sus derivados, cuya graduación no puede ser inferior a 40º G.L.

Enlace permanente: Aguardiente - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16


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