Glosario Tributos / Término
[Términos tributarios venezolanos] Contrato solemne por el cual una persona (donante) se despoja irrevocablemente de un bien, sin contraprestación y con intención liberal, a favor de otra persona (donatario) que lo acepta. La donación de bienes muebles o inmuebles, derechos o acciones situados en el territorio nacional, está sujeta al pago del impuesto establecido para las herencias y legados en la Ley de Impuesto sobre Sucesiones Donaciones y demás Ramos Conexos.
Enlace permanente: Donación - Fecha de actualización: 2021-01-16 - Fecha de creación: 2021-01-16