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Artículo 235

El artículo 235 refleja la idea de los redactores del Tratado de Roma según la cual los poderes conferidos en forma de atribuciones específicas (competencia funcional) podrían no ser suficientes para lograr objetivos concretamente asignados por los propios Tratados (competencia material). La utilización de este artículo permite colmar esta laguna previendo que "Cuando una acción de la Comunidad resulte necesaria para lograr [...] uno de los objetivos de la Comunidad, sin que el presente Tratado haya previsto los poderes de acción necesarios al respecto, el Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, adoptará las disposiciones pertinentes."

Véase:

· Consejo de la Unión

· Subsidiariedad

Enlace permanente: Artículo 235 - Fecha de creación: 2014-01-29


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