Glosario Unión Europea / Término

Defensa colectiva

La idea de defensa colectiva designa la participación en la defensa de Europa de acuerdo con los Tratados de Bruselas (artículo V) y de Washington (artículo 5) que estipulan que los Estados signatarios tienen un deber de asistencia recíproca en caso de agresión con el fin de restablecer la seguridad.

Desde 1949, la organización instaurada por el Tratado de Washington (OTAN) ha sido el garante principal de la seguridad de Europa occidental, mientras que la Unión Europea Occidental ha funcionado a medio gas durante casi treinta años. No obstante, es conveniente observar que la Unión Europea Occidental (UEO) es la única organización estrictamente europea que ha instaurado una obligación de defensa colectiva y automática. En el marco del desarrollo de una identidad europea de defensa, la UEO está hoy llamada a jugar un papel más importante.

Véase:

· Eurocuerpo

· EUROFOR/EUROMARFOR

· OTAN

· OTAN renovada

· Política de defensa común

· Política Exterior y de Seguridad Común (PESC)

· Unión Europea Occidental (UEO)

Enlace permanente: Defensa colectiva - Fecha de creación: 2014-01-29


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