Glosario Unión Europea / Término

Defensor del Pueblo europeo ("ombudsman" europeo)

El Parlamento Europeo nombra al Defensor del Pueblo Europeo, después de cada elección y por toda la duración de la legislatura. Está habilitado para recibir por parte de los ciudadanos de la Unión, o de las personas físicas o jurídicas que residan en los Estados miembros, las quejas relativas al mal funcionamiento de las instituciones o de los organismos comunitarios (con excepción del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia).

Cuando constata un caso de mal funcionamiento, se dirige a la administración afectada, realiza una investigación, busca una solución con miras a eliminar el problema y presenta, en su caso, proyectos de recomendación a los cuales la institución está obligada a responder con un dictamen detallado.

Presenta un informe al final de cada periodo anual de sesiones del Parlamento Europeo.

Véase:

· Ciudadanía de la Unión

· Parlamento Europeo

· Tribunal de Justicia (TJCE)

Enlace permanente: Defensor del Pueblo europeo ("ombudsman" europeo) - Fecha de creación: 2014-01-29


< Defensa colectiva Glosario Unión Europea Déficit democrático >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.