Glosario Unión Europea / Término
El Parlamento Europeo nombra al Defensor del Pueblo Europeo, después de cada elección y por toda la duración de la legislatura. Está habilitado para recibir por parte de los ciudadanos de la Unión, o de las personas físicas o jurídicas que residan en los Estados miembros, las quejas relativas al mal funcionamiento de las instituciones o de los organismos comunitarios (con excepción del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia).
Cuando constata un caso de mal funcionamiento, se dirige a la administración afectada, realiza una investigación, busca una solución con miras a eliminar el problema y presenta, en su caso, proyectos de recomendación a los cuales la institución está obligada a responder con un dictamen detallado.
Presenta un informe al final de cada periodo anual de sesiones del Parlamento Europeo.
Véase:
· Ciudadanía de la Unión
· Parlamento Europeo
· Tribunal de Justicia (TJCE)
Enlace permanente: Defensor del Pueblo europeo ("ombudsman" europeo) - Fecha de creación: 2014-01-29